miércoles, 11 de abril de 2012

Un análisis del entramado de la Ley Lleras 2

Así Germán Vargas Lleras se haya pasado la mañana escribiendo que lo que se aprobó ayer como proyecto 201 de 2012 no es la resurrección de la Ley Lleras, la ley aprobada quedó conocida así en el imaginario público. Enter ha publicado el texto íntegro del proyecto aprobado ayer en el Senado de la República.

Al grano. La ley actualiza lo relativo a copyright de forma masiva, vigente en la Ley 23 de 1982. Dicha ley, que rige actualmente, se hizo en una época donde la mayor fuente de piratería era grabar un cassette con Duran Duran y The Clash de Caracol Estéreo. Hoy se tiene que adaptar la ley a un mundo de torrents, streamings, blu-rays y consolas. La adaptación se basó en, simplemente, las mismas dinámicas que manejaban las normas de distribución de la Ley 23 del 82.

El lenguaje de la ley es deliberadamente ambiguo. Un ejemplo claro es que utiliza términos técnicos como "fonograma", "fijación" o "derechohabiente", de tal fortuna que mis grabaciones del desfile de inauguración del Festival de Teatro se convierten en fonogramas que tomé sin autorización expresa del Festival de Teatro y, por ende, transmitir dichas grabaciones para un audioslide de la universidad resulta un tema imposible. Así mismo, define "lucro" como "ganancia o provecho que se le saca a algo". Hilando muy fino, si yo me divierto viendo los Simpson, estaría lucrándome de acuerdo al proyecto 201 de 2012.

Aún así, el texto del articulado como tal es bastante más preciso en sus términos. El artículo 16, que es el quid del asunto, determina que habrá penas de prisión entre 4 y 8 años, y sanciones monetarias fuertes, a quienes, entre otras cosas, reproduzcan cualquier cosa con derechos de autor en cualquier medio sin autorización. También, tomo literalmente la ley, a quien "fije, reproduzca o comercialice las representaciones públicas de obras teatrales o musicales" (ejemplo, mi grabación del desfile del FITB), retransmita las señales de televisión (esto queda mucho más claro en el artículo 13), y quien venda, alquile o distribuya de cualquier forma artículos que violen estos artículos. El artículo 17 establece penas para quien intente saltarse las restricciones de derechos de autor, ya sea mediante liberación de las restricciones de DRM o con aparatos electrónicos.

El problema más grave que surge de la ley es que, en el afán de aprobarla para que Santos la firme ante la indiferente mirada de Obama este viernes, la ley quedó con vacíos legales impresionantes. Por ejemplo, automáticamente todos los estudiantes de universidad que sacamos fotocopias o descargamos lecturas de Internet quedamos violando el proyecto de ley 201: la ley 23 de 1982 tenía una salvaguarda para permitir la reproducción de información académica en este contexto. El proyecto quedó sin esta salvaguarda, con lo que las fotocopiadoras de las universidades, tomando al pie de la letra lo que dice la ley, son equivalentes a las bodegas donde se copian los DVD y libros para vender en los semáforos: ambos son centros de distribución de productos sin derechos de autor.

Así mismo, ad pedem literae se encuentra uno conque grabar el concierto de Paul McCartney y subirlo a Youtube porque le dio por dedicarle Something a su traga, puede dar una pena de 8 años y una multa de 1000 salarios minimos legales vigentes. Y aún más: quien represente obras de teatro, musicales o literarias sin contar con autorización expresa del propietario de los derechos de autor, podrá ser acreedor de esta pena, con lo que se pueden ir al carajo todos los profesores de teatro, baile, poesía y literatura del país.

Por supuesto, la anterior es una visión del peor caso. Y me mantengo en mis opiniones expresadas anteriormente: la ley es casi imposible de implementar completamente. Es más: la ley 23 de 1982, que ya lleva 30 años en existencia, no ha podido ser aplicada a plenitud en ningún momento, y eso que sólo se limita a las copias físicas. Para la muestra, basta salir a la calle 78 con carrera 15 y ver cuántos venden películas, libros, CDs y programas piratas en la calle, a plena luz del día y con un CAI al lado.

Aún así, lo peligroso es que el afán de sacar una ley a las carreras, para que nos haga el favor del TLC el presidente Obama (que igual no lo va a hacer antes de noviembre: aprobar un TLC es echarse encima a los sindicatos, fuerte del gobierno demócrata, en año electoral), el país está poniendo en riesgo su capacidad de compartir información. La piratería tiene que ser acabada, es cierto, pero la forma de acabarla no es convirtiendo a todo el mundo en un pirata por falta de capacidad de idearse algo mejor.

Jorge Robledo ya dijo que la ley tiene vicios de forma (como modifica el Código Penal, no podía aprobarse a pupitrazo) y que iba a demandarla ante la Corte Constitucional. Es posible que esa, una leguleyada de la que tanto nos molesta, por una vez en la vida sea para el bien del público, y en particular, del público que no quiere pagar $14000 al mes en Netflix y que pone todos los partidos en streaming porque no se aguanta a los narradores de Caracol Televisión.

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